El caso además fue declarado complejo debido a la pluralidad de hechos y conductas atribuidas al imputado, asà como la existencia de pluralidad de vÃctimas
SANTO DOMINGO. El Ministerio Público obtuvo tres meses de prisión preventive, como medida de coerción, contra Juan Diego Toribio MejÃa, principal imputado de una red que estafó con más de 2 millones de dólares a 94 personas.
Toribio MejÃa encabezaba la red que estafó a las vÃctimas, haciéndose entregar la suma de dos millones cuatrocientos noventa y tres mil dólares con novecientos treinta y tres (US$2,493,933.00) y siete millones doscientos cincuenta mil pesos oro dominicanos con quinientos (RD$7,250,500.00), todo esto sin contar con la debida autorización de la Superintendencia del Mercado de Valores de la República Dominicana.
Los fiscales litigantes Elizabeth Tucent Hiraldo y Carlos Vidal Montilla, de la Dirección Nacional de Investigación de Delitos Financieros de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, aportaron más de doscientas cuarenta evidencias con las que se sustentó la decisión de la jueza Fátima Veloz, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional, quien ordenó la prisión preventiva, como medida de coerción, contra el imputado y ordenó su cumplimiento en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, en la provincia San Cristóbal.
El caso, cuya investigación está a cargo de la procuradora fiscal Elizabeth Tucent Hiraldo, además fue declarado complejo debido a la pluralidad de hechos y conductas atribuidas al imputado, asà como la existencia de pluralidad de vÃctimas.
El procesado Juan Diego Toribio MejÃa cometió la estafa conjuntamente con los coimputados Luis Alejandro Lantigua Báez, Harold MartÃnez Hernández, Samil José Abad de la Rosa, Luis Napoleón Grano de Oro Sepúlveda, Bélgica Altagracia Báez de la Rosa, José Horacio Vicioso Ureña y Yoirna Guzmán Contreras (estos últimos prófugos).
La actividad delictiva fue perpetrada en el periodo comprendido entre julio 2021 y diciembre 2022, a través de la sociedad comercial HDLS Digital Kindom Investment Group S.R.L., y la Cooperativa de Ahorros, Crédito y Servicio Múltiples Digital Dominicana, (Digicoop), INC, en la cual Toribio MejÃa formaba parte del consejo de vigilancia, a partir de la asamblea constitutiva de fecha 18 de diciembre de 2021, mientras que en la sociedad comercial Kindom Investment este ostentaba la calidad de sociogerente a partir del año 2021, momento en el cual comenzó a operar dicha sociedad comercial, la cual de acuerdo a su objeto social era la consultorÃa financiera, actividad financiera, intercambio de valores, préstamos y marketing digital. Las entidades funcionaban en el Distrito Nacional.
La instancia con la solicitud de medida de coerción refiere que los miembros de dicha red conminaban a las vÃctimas, a los fines de que estos formaran parte de la Cooperativa de Ahorros, Crédito y Servicio Múltiples Digital Dominicana, (Digicoop), INC., estableciéndoles, que, si no lo hacÃan, no podÃan continuar invirtiendo en la sociedad HDLS Digital Kindom Investment Group S.R.L.
Juan Diego Toribio MejÃa, conjuntamente con los demás coimputados, a través de la entidad HDLS Digital Kindom Investment Group S.R.L., que tenÃa como representante a Luis Alejandro Lantigua Báez, suscribÃa en nombre de la sociedad comercial, contratos de entrega de valores y de asociación e inversión, donde consignaban la recepción de los valores entregados por las vÃctimas en los periodos comprendidos entre el 2021 y 2022.
Dichos contratos al momento de ser elaborados establecÃan una dirección distinta a la que figuraba en los documentos depositados en la Cámara de Comercio, además de que se establecÃan montos de interés a pagar anual de hasta un doscientos cuatro porciento (204%), los cuales equivalÃan a un interés mensual de hasta un 17%.
La solicitud de medida de coerción también indica que el imputado Juan Diego Toribio MejÃa, conjuntamente con los coimputados Luis Alejandro Lantigua Báez, Harold MartÃnez Hernández, Samil José Abad de la Rosa, Luis Napoleón Grano de Oro Sepulveda (prófugos), empleaban también el uso de plataformas digitales, las cuales denominaban Digital Kingdom Group, en la cual a través de un usuario proporcionado por la misma plataforma, se podÃan verificar las inversiones que algunas de las victimas realizaban a través de Criptomonedas, todo esto también era parte del entramado utilizado por la red para estafar a las vÃctimas a través de medios digitales.
En ocasión de los hechos y las pruebas referidas, el Ministerio Público ha calificado, de manera provisional, las conductas atribuidas al imputado Juan Diego Toribio MejÃa, como violación a los artÃculos 405, 408 que Tipifican la Estafa y el Abuso de Confianza del Código Penal Dominicano; 3.3 de la Ley 155-17 y 3.a sobre Lavado de Activos Provenientes del Narcotráfico y otras Infracciones Graves, asà como el artÃculo 69 de la Ley 127-64 sobre el Cooperativismo en República Dominicana y la Ley 53-07 sobre CrÃmenes y Delitos de Alta TecnologÃa.