Madre de la vÃctima fue sentenciada a 10 años de prisión por explotación sexual comercial y lavado de activos
SANTO DOMINGO. Basándose en diferentes pruebas aportadas por el Ministerio Público, el Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Puerto Plata condenó a 2 años de prisión, bajo suspensión de la pena, a Wander Samuel Franco Aybar tras declararlo culpable de cometer abuso psicológico y sexual en perjuicio de una adolescente.
La madre de la vÃctima fue condenada a 10 años de prisión, al establecer el tribunal, con base a las pruebas aportadas, que la mujer incurrió en delitos de explotación sexual comercial y lavado de activos.
Los fiscales Claudio Cordero y José MartÃnez, de la ProcuradurÃa Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la FiscalÃa de Puerto Plata habÃan solicitado cinco años de prisión para el procesado.
Ambos indicaron que la condena establece la culpabilidad de los procesados y demuestra la fuerza de la acusación y, a la vez, sirve de precedente en temas de explotación sexual y abuso sexual infantil.
Los fiscales expresaron que siempre estuvieron confiados en que la decisión del tribunal serÃa una condena.
El tribunal, integrado por las juezas Jakayra Veras, Venecia Rojas y José Juan Jiménez, dictó la sentencia condenatoria al establecer que se probaron los hechos más allá de toda duda razonable.
Los juzgadores indicaron que la madre de la adolescente cometió explotación sexual y lavado de activos, colocando en el sistema financiero nacional recursos obtenidos por la explotación sexual de su hija de 15 años.
En cuanto a Franco Aybar los jueces variaron la calificación jurÃdica de abuso sexual infantil por abuso psicológico y sexual, condenándolo a la pena suspendida y al pago de 10 salarios mÃnimos de lo establecido por el Banco Central en beneficio del Estado dominicano, asà como el pago de las costas penales del proceso.
El procesado fue hallado culpable de violar el artÃculo 396, letras b y c, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).
El tribunal impuso la pena suspendida, disponiendo que Franco Aybar no se acerque a adolescentes con fines sexuales y en caso de incumplimiento de la medida deberá cumplir la pena en prisión, en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) San Felipe de Puerto Plata.
En tanto que, a la madre de la adolescente, quien deberá cumplir la pena privativa de libertad en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Rafey Mujeres, en Santiago, también se le impuso el pago de una multa equivalente a 30 salarios mÃnimos en beneficio del Estado dominicano.
Asimismo, como solicitó el órgano acusador, se ordenó el decomiso de los siete bienes que les fueron incautados a la acusada, incluyendo un solar ubicado en Villa Montellano con una extensión superficial de 600 metros cuadrados, un carro del año 2023, RD$2,100,000 que se encuentran depositado en el Banco AgrÃcola de la República Dominicana, sucursal Puerto Plata, asà como la suma de 68 mil 500 dólares americanos y 800 mil pesos dominicanos.
Igualmente, los equipos celulares y todos los valores colocados en la cuenta de la acusada, que fueron inmovilizados por el Ministerio Público en virtud de una orden especial y autorización judicial, además del pago de las costas penales del proceso.
El tribunal estableció que la procesada violó los artÃculos 410 de la citada Ley 136-03 y los artÃculos 2, numeral 11; 3, numerales 2, 3 y 4 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
El Ministerio Público sustentó su acusación con 165 pruebas con las que demostró que Franco Aybar raptó con fines sexuales por varios dÃas a la vÃctima, en el municipio Villa Montellano, en la provincia Puerto Plata, y luego enviaba altas sumas de dinero a su madre de la vÃctima para evitar que lo denunciara. El dinero fue utilizado por la acusada para adquirir bienes muebles e inmuebles.