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Tribunal pone entredicho cita médica de Jean Alain

Subido por: Empirico News   03/03/2026

Jueces dicen mayoría documentos están en inglés, sin traducción oficial, hay falta de correspondencia de fechas y múltiples versiones impiden su sustento como válido.


Por no tener certeza de que el historial clínico presentado como elemento probatorio haya sido incorporado de forma íntegra y sin alteraciones, ni que corresponda fielmente al documento original invocado por la defensa, el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional rechazó la solicitud de levantamiento temporal y condicionado del impedimento de salida que pesa sobre Jean Alain Rodríguez, para atender una situación de salud en España.


“Dado que los documentos esenciales que pretendían acreditar las citas médicas y el estado de salud alegado carecen de traducción oficial, este tribunal se ve en la imposibilidad de valorarlos. En consecuencia, al no haberse acreditado el presupuesto fáctico indispensable, la solicitud deviene improcedente, resultando innecesario examinar los argumentos restantes”, dicen los jueces del tribunal presidido por la magistrada Claribel Nivar.


Es la tercera vez que, tras su arresto por supuestamente encabezar un entramado de corrupción que habría distraído RD$6,000 millones de los recursos públicos, al exprocurador se le impide salir del país.


En esta ocasión, el exfuncionario solicitó el levantamiento temporal y autorización para salir del país, para asistir a una cita médica pautada con el doctor Juan Carlos Ramírez Fernández, en hospital Ruber Internacional, del Grupo Quirón Salud, Madrid, España, para una revisión médica y realizarse los estudios y tratamientos que le sean recomendados, “debido a un estado de salud preexistente denominado “Adenoma en el riñón izquierdo y cálculos (piedras) que acumula”.


Tanto el Ministerio Público como los representantes del Estado dominicano en el proceso que se le sigue al imputado se opusieron a su pedimento, al alegar que no se ha producido una variación real de las circunstancias que dieron lugar a la imposición de la medida de coerción, consistente en impedimento de salida del país.


Ambos recurrentes coincidieron en que la condición médica invocada por la defensa de Jean Alain, encabezada por Carlos Balcácer, “es una patología renal conocida desde hace más de quince años, que ha sido tratada mediante distintos procedimientos y evaluaciones médicas a lo largo del tiempo…”


Agregaron que, además, los informes médicos depositados por la defensa del imputado, “no acreditan la existencia de una situación de urgencia ni la necesidad de una intervención quirúrgica inmediata, ni mucho menos que el tratamiento requerido deba realizarse de manera indispensable en el extranjero, sino, que más bien, se trata de una sugerencia médica”.

 

 

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